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Cualquier persona puede trasladarse para el Fondo de Cesantías de Protección en el momento que lo desee. Para ello, debe diligenciar una solicitud de vinculación (traslado) y anexar la copia de la cédula autenticada y legible.
Todos los traslados que se realizan a nivel nacional son radicados ante la otra administradora, a más tardar el miércoles siguiente de ser recibidos los documentos por Protección Bogotá, siempre y cuando esté completa la información.
La respuesta a esta solicitud debe ser recibida dentro de los 15 días hábiles a la fecha de radicación. Las solicitudes son aprobadas, siempre y cuando la cuenta este en condiciones de ser trasladada, es decir que tenga la documentación al día en la otra administradora, especialmente los soportes de las pignoraciones o embargos. Aquellos traslados que son aprobados y por los cuales se recibe saldo de la cuenta son acreditados en la cuenta individual del afiliado 3 días hábiles siguientes al pago, siempre y cuando la administradora anterior envíe la información completa.
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Barranquilla (035) 319 79 99
/ Cartagena (035) 642 49 99
Resto del país desde una línea fija al 01 8000 52 8000
Protección S.A. Sede Principal: Calle 49 #63 – 100, Medellín, Colombia.
Línea de fax nacional: (054) 230 26 66
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